viernes, 3 de marzo de 2017

Proceso de la Valoración Psicopedagógica por parte del EOEP y propuestas educativas

Vamos a hacer un pequeño "recorrido", a modo de línea de tiempo, para que se entienda el proceso de valoración y orientación que supone el diagnóstico e informe posterior, proceso que puede durar en el tiempo hasta varios meses, en función de la complejidad del caso y de la periodicidad de la atención al centro por parte del orientador (que puede ser desde semanal a mensual en nuestro sector).

En primer lugar se efectúa la demanda bien sea por parte de la familia o por el tutor.

La solicitud de la valoración psicopedagógica por parte de la familia se realiza siempre a través del tutor y debe llevar adjunta una autorización firmada para realizar la evaluación (si procede). Por parte del tutor se realiza mediante una hoja de demanda normalizada (Anexo V, Instrucción 2/2015) que el centro tiene o aportado por el Equipo de orientación, a la que debe adjuntar siempre el permiso firmado por los padres, el NCC del alumno, así como el estilo de aprendizaje del mismo. La demanda el tutor la entrega a Jefatura de Estudios, quien establece prioridades de las que sean presentadas.

Siempre que  la demanda escrita sea considerada pertinente por el Equipo de Orientación, se pone en marcha el proceso de valoración que consiste en realizar pruebas psicotécnicas (inteligencia, atención, lenguaje, dificultades especificas, psicomotricidad, neurológicas, etc…), información aportada por el profesorado, por la familia, observación directa del alumno en el aula por parte del Orientador  y adjuntando los informes médicos de los que se dispongan.
                       
Con estos datos se realiza el diagnostico psicopedagógico (lo cual suele requerir bastante tiempo, lógicamente). Finalizado el diagnóstico es prescriptivo dar un informe por escrito al centro, que lo archivará en el expediente escolar del alumno, y una copia a los padres, quienes serán citados por el orientador para informarle del mismo y obtener su conformidad por escrito en la propuesta educativa si ésta deriva en necesidades especificas de apoyo educativo  para que el alumno pueda recibir la atención adecuada por los especialistas (Maestro de Pedagogía Terapéutica, Maestro de Audición y Lenguaje, ATE, Fisioterapeuta, etc.). En el caso de que el diagnóstico sólo detectara dificultades menores la respuesta se ha de dar desde las medidas ordinarias que tiene el centro (refuerzo educativo ordinario por profesores del centro, no especialistas) y no se precisa firma de los padres, sí, claro está, información de tales medidas.

El informe contiene unas orientaciones y propuestas que son pertinentes para guiar la respuesta educativa por lo que debe ser la principal guía de la intervención con el alumno. Si existen intervenciones externas al centro (gabinete de psicopedagogía, centro de logopedia, Aprosuba, asociaciones..etc.), es importante que se tome este informe como  punto de partida de dicha intervención y debe considerarse, sobre todo, un eje importante para coordinar la respuesta. Esta coordinación es fundamental y se ha de procurar establecerla cuanto antes. Los padres deben facilitar el intercambio de información, tanto de las asociaciones o gabinetes externos, como de los informes médicos que existan.

Si además, de la evaluación se determinan necesidades educativas especiales (por la existencia de algún tipo de discapacidad), se elaborara dictamen de escolarización y los padres firmaran su acuerdo de las medidas propuestas en dicho dictamen. Se eleva dicho dictamen al servicio de Inspección de la Zona, el cuál emite su visto bueno en un informe posterior para que el Delegado provincial firme la Resolución de escolarización, que se envía al centro. Cuando se recibe dicho informe el centro ha de establecer las medidas establecidas para el caso. En el dictamen de escolarización se determina la modalidad de escolarización más adecuada para el alumno, pudiendo ser ésta un centro ordinario con Adaptaciones curriculares significativas y/o de acceso, una escolarización en un centro de educación especial, una escolarización combinada entre un centro ordinario y un centro especifico, o una escolarización en un aula especializada.

Además se determinan los recursos y medidas más adecuadas para lograr el mayor desarrollo posible del alumno. Esas medidas se concretan en un documento, denominado DIAC (documento individualizado de Adaptación curricular) donde constarán objetivos, contenidos, metodología, estándares de aprendizaje y criterios de evaluación. En él se deben formalizar las medidas a tomar y la evolución del alumno. Este documento es el eje de intervención y control de la evolución del alumno y sobre el que se debe vertebrar la coordinación de actuaciones de todos los implicados en la educación de ese alumno/a.



No hay comentarios:

Publicar un comentario